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	<title>Biofuncionalismo &#187; daosin</title>
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	<description>Biología Funcional - Déficit de DAO</description>
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		<title>Web médica acreditada</title>
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		<comments>http://biofuncionalismo.com/web-medica-acreditada/#comments</comments>
		<pubDate>Mon, 28 Nov 2011 23:22:34 +0000</pubDate>
		<dc:creator><![CDATA[JJ Duelo]]></dc:creator>
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		<description><![CDATA[<p>En internet, los contenidos de muchas paginas orientadas al ambito de la salud son de cuestionable credibilidad y por ello el sector sanitario tiene una difícil convivencia con la información Online. Por este motivo nos alegra especialmente que una destacada institución como el Colegio Oficial de Médicos de Barcelona, nos comunique que desde hoy los diferentes sitios en internet de DR Healthcare cuentan con su certificación &#8220;web medica acreditada&#8221; .  Paginas que han recibido la certificación Web Medica Acreditada: DR Healthcare Migratest Migrasin Daosin Blog de biofuncionalismo Los propios auditores del programa &#8220;Web médica acreditada&#8221; del Colegio Oficial de Médicos de Barcelona, nos explican en qué consiste: &#8220;El Colegio Oficial de Médicos de Barcelona (COMB) es una corporación centenaria, con estatutos propios, surgida y consolidada para defender los intereses colectivos de la profesión médica y, a su vez, velar ética y científicamente por la práctica de la medicina, ofreciendo la mejor sanidad a la sociedad a la que el médico sirve. Transcurridos ya más de cien años, cuando asistimos a la implantación masiva de las nuevas tecnologías de la comunicación con la consolidación de nuevos medios de comunicación como Internet, capaces de transformar radicalmente el panorama informativo, el COMB mantiene aquellos objetivos fundamentales y se reafirma en la voluntad de contribuir activamente al desarrollo de esta sociedad de la información en que los contenidos y las noticias de medicina y salud se han convertido en un valor de intercambio fundamental.   Ante esta realidad y especialmente cuando la consolidación de Internet como medio de comunicación de masas es un hecho con capacidad de transportar un volumen de información difícilmente controlable y al alcance de todos, siguiendo la línea de actuaciones que ya cumple en otros ámbitos de la medicina, el Colegio Oficial de Médicos de Barcelona constata la necesidad de contribuir a la acreditación de la calidad de los contenidos médicos y sanitarios que se difunden a través de la red, así como ofrecer el apoyo y la ayuda que les sean necesarios a los médicos e instituciones médico-sanitarias en su acceso y su presencia en Internet.   Esta voluntad alentó al COMB a la creación del Programa de Acreditación de Web Mèdica Acreditada, que concede su Sello de Calidad, elaborado para desarrollar una Comunidad Médica virtual de referencia que ofrezca su mejor servicio a los usuarios de salud que utilizan Internet. Este programa recomienda unas normas a las que se puedan adherir de forma voluntaria los titulares de webs médicas y sanitarias de España y Sudamérica fundamentalmente y también en todo el mundo, realizando un proceso de revisión y acreditación que permita la obtención de este sello por parte de las web solicitantes, así como el compromiso por parte de los responsables de las mismas, de garantizar el cumplimiento de las mencionadas normas.   Web Mèdica Acreditada® es una marca registrada en la Oficina Española de Patentes y Marcas del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio&#8221;.  </p>
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				<content:encoded><![CDATA[<p style="text-align: center;"><a href="http://biofuncionalismo.com/wp-content/uploads/2011/11/WMA.bmp"><img class="size-full wp-image-1096 aligncenter" title="WMA" alt="" src="http://biofuncionalismo.com/wp-content/uploads/2011/11/WMA.bmp" /></a></p>
<p>En internet, los contenidos de muchas paginas orientadas al ambito de la salud son de cuestionable credibilidad y por ello el sector sanitario tiene una difícil convivencia con la información Online. Por este motivo nos alegra especialmente que una destacada institución como el <strong><a href="http://www.comb.cat">Colegio Oficial de Médicos de Barcelona</a></strong>, nos comunique que desde hoy los diferentes sitios en internet de <strong>DR Healthcare</strong> cuentan con su certificación &#8220;<a href="https://wma.ssl.comb.es/seal.php?INTWMA=2111&amp;idi=esp">web medica acreditada&#8221; . </a></p>
<p>Paginas que han recibido la certificación Web Medica Acreditada:</p>
<p><a title="Pagina corporativa de DR HEALTHCARE" href="http://www.dr-healthcare.com" target="_blank">DR Healthcare</a><br />
<a title="MIGRATEST análisis de la enzima DAO " href="http://www.migratest.net" target="_blank">Migratest</a><br />
<a title="MIGRASIN alimento dietético para el tratamiento del DEFICIT de DAO " href="http://www.migrasin.com" target="_blank">Migrasin</a><br />
<a title="Daosin alimento dietético para el tratamiento de la histaminosis" href="http://www.daosin.es" target="_blank">Daosin</a><br />
<a title="Blog de biofuncionalismo" href="http://www.biofuncionalismo.com" target="_blank">Blog de biofuncionalismo</a></p>
<p>Los propios auditores del programa &#8220;Web médica acreditada&#8221; del Colegio Oficial de Médicos de Barcelona, nos explican en qué consiste:</p>
<div><em><a href="http://biofuncionalismo.com/wp-content/uploads/2011/11/wma2.jpg"><img class="alignleft size-full wp-image-1099" title="wma2" alt="" src="http://biofuncionalismo.com/wp-content/uploads/2011/11/wma2.jpg" width="194" height="132" /></a>&#8220;<strong>El Colegio Oficial de Médicos de Barcelona (COMB)</strong> es una corporación centenaria, con estatutos propios, surgida y consolidada para defender los intereses colectivos de la profesión médica y, a su vez, velar ética y científicamente por la práctica de la medicina, ofreciendo la mejor sanidad a la sociedad a la que el médico sirve. Transcurridos ya más de cien años, cuando asistimos a la implantación masiva de las nuevas tecnologías de la comunicación con la consolidación de nuevos medios de comunicación como Internet, capaces de transformar radicalmente el panorama informativo, el COMB mantiene aquellos objetivos fundamentales y se reafirma en la voluntad de contribuir activamente al desarrollo de esta sociedad de la información en que los contenidos y las noticias de medicina y salud se han convertido en un valor de intercambio fundamental.</em></div>
<div><em> </em></div>
<div><em>Ante esta realidad y especialmente cuando la consolidación de Internet como medio de comunicación de masas es un hecho con capacidad de transportar un volumen de información difícilmente controlable y al alcance de todos, siguiendo la línea de actuaciones que ya cumple en otros ámbitos de la medicina, el Colegio Oficial de Médicos de Barcelona constata la necesidad de contribuir a la acreditación de la calidad de los contenidos médicos y sanitarios que se difunden a través de la red, así como ofrecer el apoyo y la ayuda que les sean necesarios a los médicos e instituciones médico-sanitarias en su acceso y su presencia en Internet.</em></div>
<div><em> </em></div>
<div><em>Esta voluntad alentó al COMB a la creación del Programa de Acreditación de Web Mèdica Acreditada, que concede su Sello de Calidad, elaborado para desarrollar una Comunidad Médica virtual de referencia que ofrezca su mejor servicio a los usuarios de salud que utilizan Internet. Este programa recomienda unas normas a las que se puedan adherir de forma voluntaria los titulares de webs médicas y sanitarias de España y Sudamérica fundamentalmente y también en todo el mundo, realizando un proceso de revisión y acreditación que permita la obtención de este sello por parte de las web solicitantes, así como el compromiso por parte de los responsables de las mismas, de garantizar el cumplimiento de las mencionadas normas.</em></div>
<div><em> </em></div>
<div><em>Web Mèdica Acreditada® es una marca registrada en la Oficina Española de Patentes y Marcas del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio&#8221;.</em></div>
<div><em> </em></div>
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		<title>Los complementos o &#8216;suplementos&#8217; de la alimentación</title>
		<link>http://biofuncionalismo.com/los-complementos-o-suplementos-de-la-alimentacion/</link>
		<comments>http://biofuncionalismo.com/los-complementos-o-suplementos-de-la-alimentacion/#comments</comments>
		<pubDate>Thu, 31 Mar 2011 11:36:03 +0000</pubDate>
		<dc:creator><![CDATA[JJ Duelo]]></dc:creator>
				<category><![CDATA[Biofuncionalismo]]></category>
		<category><![CDATA[Migraña y Alimentación]]></category>
		<category><![CDATA[Tratamiento preventivo biofuncional]]></category>
		<category><![CDATA[alimento dietetico]]></category>
		<category><![CDATA[complemento alimenticio biofuncional]]></category>
		<category><![CDATA[DAO]]></category>
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		<description><![CDATA[<p>Dra. Magda Rafecas, profesora titular de Nutrición y Bromatología de la Universitat de Barcelona Biotecnología, alimentación y salud. Biocat, marzo 2011. Para entender qué son los complementos de la alimentación, complementos alimenticios o food supplements –de ahí que se conozcan como suplementos de la alimentación–, debemos situarlos en el marco europeo donde quedan definidos. La Directiva 2002/46/CE dice textualmente que son aquellos productos alimenticios que tienen por finalidad &#8220;complementar&#8221; la dieta normal, y que consisten en fuentes concentradas de nutrientes u otras sustancias (podríamos llamarlas sustancias bioactivas). Estos productos tienen un efecto nutricional o fisiológico –de forma simple o combinada–, se comercializan en cápsulas, pastillas, botellas de líquido, formas en polvo u otras formas similares de presentación, y deben tomarse en pequeñas cantidades unitarias. Esta definición hace que el consumidor los confunda con un medicamento, cuando la Directiva los define como alimentos que contienen fuentes concentradas de nutrientes y, por tanto, son, legalmente, alimentos. Es cierto que por su presentación podríamos decir que parecen más cercanos a la industria farmacéutica que a la alimentaria. Según la propia Directiva, se entiende por nutriente las siguientes sustancias: vitaminas y minerales. La pregunta que lógicamente se desprende de esta definición es: ¿Qué pasa con otros nutrientes o sustancias bioactivas como los ácidos grasos o la fibra alimentaria? Sencillamente, pueden estar presentes en el diseño y formulación de los complementos, pero las cantidades, dosis y forma química no están reguladas ni en la Directiva 2002/46/CE ni en los Reglamentos 1952/2006 y 1170/2009, ya que estos sólo hacen referencia a vitaminas y minerales y las formas químicas que se pueden añadir tanto en los alimentos (alimentos funcionales) como en los complementos de la alimentación. Usualmente, en estos casos se utilizan recomendaciones nutricionales, o en el caso de que sean las del panel de la NDA (dietetic products, nutrition and allergies) de la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA). Así pues, para la comercialización de los complementos de la alimentación, Europa tiene una Directiva marco y Reglamentaciones que definen cuáles son las formas químicas de vitaminas y minerales que pueden añadirse. Pongamos un ejemplo. En nutrición hablamos de un determinado nutriente, la vitamina C, y según las Reglamentaciones ésta se puede adicionar como ácido L-ascórbico, L-ascorbato de sodio o 6-palmitato de L-ascorbil, compuestos que en definitiva influirán decisivamente en la biodisponibilidad de este nutriente por parte del organismo y para que se aproveche mejor. Otro aspecto a tener en cuenta es la comercialización de los complementos y en especial el etiquetado que deben llevar. En este punto, cabe decir que la Unión Europea ha publicado la Directiva 2008/100/CE, dirigida específicamente a lo que conocemos por cantidad diaria recomendada (CDR) y correspondientes definiciones, y que regula las vitaminas y minerales que pueden declararse y da la cantidad diaria recomendada (CDR) para cada uno de ellos. La Directiva también añade que &#8220;por regla general&#8221; se podrán declarar las vitaminas y minerales con cantidades &#8220;significativas&#8221;, entendiendo por éstas el 15% de la CDR explicitada en la Directiva. Así, si se quiere incorporar ácido fólico, como la CDR (2008) es de 200 mcg/día, se podría declarar el contenido a partir de 30 mcg de ácido fólico. A pesar de esta primera aproximación, que parece clara, el problema surge de la contraposición entre las necesidades nutricionales y la CDR, que hay que recordar, que son, sencillamente, una herramienta para la comercialización y etiquetado de los alimentos y complementos de la alimentación, y que tienen la función de poder comparar alimentos y complementos e informar al consumidor para que conozca qué producto puede aportar más o menos cantidad de una determinada vitamina o mineral de manera que le permita cubrir, en un principio, sus necesidades en este nutriente. Como ya he comentado, este marco legal, que puede parecer adecuado para entender qué complementos aportan más cantidad de una determinada vitamina y mineral, y que permite hacer comparaciones entre ellos, entra, a veces, en contraposición clara con las necesidades nutricionales de determinados grupos poblacionales. Siguiendo con el ácido fólico, y como ejemplo claro de esta contradicción, es bien sabido, nutricionalmente, que para la prevención de la espina bífida en bebés es necesario que la madre tome 400 mcg de fólico/día y, como mínimo, tres meses antes de la concepción. Claro que esta recomendación nutricional no encaja con las CDRs, que justo son la mitad. ¿Qué debemos hacer, pues? Bien, las respuestas pueden ser de muchos tipos, desde quien formula con 400 mcg –esto representaría el 200% de la CDR y estaría en contra de la Directiva 2002/46/CE, que explícitamente advierte que no se debe superar la CDR expresamente recomendada– hasta quien sugiere que se tomen dos comprimidos de 200 mcg de fólico/día. Es decir, es difícil compatibilizar algunas recomendaciones nutricionales con los conceptos legales de etiquetado y comercialización de complementos de la alimentación. Finalmente, cabe recordar que la Directiva 2002/46/CE, establece claramente que la etiqueta, la presentación y la publicidad de los complementos no puede atribuirse la propiedad de prevenir, tratar o curar una determinada enfermedad, y que no se deben tomar como sustituto de una alimentación equilibrada, sino que tan sólo la complementan. Con todo lo expuesto, queda claro que es un reto para nuestra industria la formulación de complementos de la alimentación y encontrar el lugar donde situarlos en este difícil camino que por un lado viene determinado por las necesidades nutricionales y por otro enmarcado en las normativas europeas. Ver noticia original: http://www.biocat.cat/es/los-complementos-o-suplementos-de-la-alimentacion</p>
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]]></description>
				<content:encoded><![CDATA[<p>Dra. Magda Rafecas, profesora titular de Nutrición y Bromatología de la <a href="http://www.il3.ub.edu/oferta/farmacia/2011/reg_1.html" target="_blank">Universitat de Barcelona</a></p>
<p><a href="http://biofuncionalismo.com/wp-content/uploads/2011/03/Magda_Rafecas_int_011.jpg"><img class="alignleft size-medium wp-image-895" title="Magda_Rafecas_int_0" src="http://biofuncionalismo.com/wp-content/uploads/2011/03/Magda_Rafecas_int_01-272x300.jpg" alt="" width="272" height="300" /></a>Biotecnología, alimentación y salud. Biocat, marzo 2011. Para entender qué son los complementos de la alimentación, complementos alimenticios o <em>food supplements</em> –de ahí que se conozcan como suplementos de la alimentación–, debemos situarlos en el marco europeo donde quedan definidos.</p>
<p>La <a href="http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=CELEX:32002L0046:ES:NOT" target="_blank">Directiva 2002/46/CE</a> dice textualmente que son aquellos productos alimenticios que tienen por finalidad &#8220;complementar&#8221; la dieta normal, y que consisten en fuentes concentradas de nutrientes u otras sustancias (<strong>podríamos llamarlas sustancias bioactivas</strong>). Estos productos tienen un efecto nutricional o fisiológico –de forma simple o combinada–, se comercializan en cápsulas, pastillas, botellas de líquido, formas en polvo u otras formas similares de presentación, y deben tomarse en pequeñas cantidades unitarias.</p>
<p>Esta definición hace que el consumidor los confunda con un medicamento, cuando la Directiva los define como alimentos que contienen fuentes concentradas de nutrientes y, por tanto, son, legalmente, alimentos. Es cierto que por su presentación podríamos decir que parecen más cercanos a la industria farmacéutica que a la alimentaria.</p>
<p>Según la propia Directiva, se entiende por nutriente las siguientes sustancias: vitaminas y minerales. La pregunta que lógicamente se desprende de esta definición es: ¿Qué pasa con otros nutrientes o sustancias bioactivas como los ácidos grasos o la fibra alimentaria? Sencillamente, pueden estar presentes en el diseño y formulación de los complementos, pero las cantidades, dosis y forma química no están reguladas ni en la Directiva 2002/46/CE ni en los Reglamentos 1952/2006 y 1170/2009, ya que estos sólo hacen referencia a vitaminas y minerales y las formas químicas que se pueden añadir tanto en los alimentos (alimentos funcionales) como en los complementos de la alimentación. Usualmente, en estos casos se utilizan recomendaciones nutricionales, o en el caso de que sean las del panel de la NDA (<em>dietetic products, nutrition and allergies</em>) de la <a href="http://www.efsa.europa.eu/en/panels/nda.htm" target="_blank">Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria</a> (EFSA).</p>
<p>Así pues, para la comercialización de los complementos de la alimentación, Europa tiene una Directiva marco y Reglamentaciones que definen cuáles son las formas químicas de vitaminas y minerales que pueden añadirse. Pongamos un ejemplo. En nutrición hablamos de un determinado nutriente, la vitamina C, y según las Reglamentaciones ésta se puede adicionar como ácido L-ascórbico, L-ascorbato de sodio o 6-palmitato de L-ascorbil, compuestos que en definitiva influirán decisivamente en la biodisponibilidad de este nutriente por parte del organismo y para que se aproveche mejor.</p>
<p><strong>Otro aspecto a tener en cuenta es la comercialización de los complementos y en especial el etiquetado que deben llevar.</strong> En este punto, cabe decir que la Unión Europea ha publicado la <a href="http://www.efsa.europa.eu/en/panels/nda.htm" target="_blank">Directiva 2008/100/CE</a>, dirigida específicamente a lo que conocemos por cantidad diaria recomendada (CDR) y correspondientes definiciones, y que regula las vitaminas y minerales que pueden declararse y da la cantidad diaria recomendada (CDR) para cada uno de ellos. La Directiva también añade que &#8220;por regla general&#8221; se podrán declarar las vitaminas y minerales con cantidades &#8220;significativas&#8221;, entendiendo por éstas el 15% de la CDR explicitada en la Directiva. Así, si se quiere incorporar ácido fólico, como la CDR (2008) es de 200 mcg/día, se podría declarar el contenido a partir de 30 mcg de ácido fólico. A pesar de esta primera aproximación, que parece clara, el problema surge de la contraposición entre las necesidades nutricionales y la CDR, que hay que recordar, que son, sencillamente, una herramienta para la comercialización y etiquetado de los alimentos y complementos de la alimentación, y que tienen la función de poder comparar alimentos y complementos e informar al consumidor para que conozca qué producto puede aportar más o menos cantidad de una determinada vitamina o mineral de manera que le permita cubrir, en un principio, sus necesidades en este nutriente.</p>
<p>Como ya he comentado, este marco legal, que puede parecer adecuado para entender qué complementos aportan más cantidad de una determinada vitamina y mineral, y que permite hacer comparaciones entre ellos, entra, a veces, en <strong>contraposición clara con las necesidades nutricionales de determinados grupos poblacionales</strong>. Siguiendo con el ácido fólico, y como ejemplo claro de esta contradicción, es bien sabido, nutricionalmente, que para la prevención de la espina bífida en bebés es necesario que la madre tome 400 mcg de fólico/día y, como mínimo, tres meses antes de la concepción. Claro que esta recomendación nutricional no encaja con las CDRs, que justo son la mitad. ¿Qué debemos hacer, pues? Bien, las respuestas pueden ser de muchos tipos, desde quien formula con 400 mcg –esto representaría el 200% de la CDR y estaría en contra de la Directiva 2002/46/CE, que explícitamente advierte que no se debe superar la CDR expresamente recomendada– hasta quien sugiere que se tomen dos comprimidos de 200 mcg de fólico/día. Es decir, es difícil compatibilizar algunas recomendaciones nutricionales con los conceptos legales de etiquetado y comercialización de complementos de la alimentación.</p>
<p>Finalmente, cabe recordar que la Directiva 2002/46/CE, establece claramente que la etiqueta, la presentación y la publicidad de los complementos no puede atribuirse la propiedad de prevenir, tratar o curar una determinada enfermedad, y que no se deben tomar como sustituto de una alimentación equilibrada, sino que tan sólo la complementan.</p>
<p>Con todo lo expuesto, queda claro que es un reto para nuestra industria la formulación de complementos de la alimentación y encontrar el lugar donde situarlos en este difícil camino que por un lado viene determinado por las necesidades nutricionales y por otro enmarcado en las normativas europeas.</p>
<p>Ver noticia original: <a href="http://www.biocat.cat/es/los-complementos-o-suplementos-de-la-alimentacion">http://www.biocat.cat/es/los-complementos-o-suplementos-de-la-alimentacion</a></p>
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		<title>Entrevista a la Dra. Gloria Sabater en la radio</title>
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		<pubDate>Fri, 04 Mar 2011 16:06:07 +0000</pubDate>
		<dc:creator><![CDATA[JJ Duelo]]></dc:creator>
				<category><![CDATA[Biofuncionalismo]]></category>
		<category><![CDATA[Diagnóstico]]></category>
		<category><![CDATA[Migraña y Alimentación]]></category>
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		<description><![CDATA[<p>Tal como os comunicamos hace unos dias, próximamente colgaremos los videos sobre la conferencia sobre Migraña y déficit de DAO, organizada en el Congreso INFARMA de Barcelona que ayer concluyó. De momento os anticipamos en este enlace de audio una entrevista de radio a la Dra. Gloria Sabater sobre el contenido de dicha conferencia. Haz click aqui para escuchar la entrevista</p>
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]]></description>
				<content:encoded><![CDATA[<p><a href="http://biofuncionalismo.com/wp-content/uploads/2011/03/la-foto11.jpg"><img class="alignright size-large wp-image-873" title="Dra. Gloria Sabater" src="http://biofuncionalismo.com/wp-content/uploads/2011/03/la-foto1-1024x769.jpg" alt="" width="387" height="291" /></a>Tal como os comunicamos hace unos dias, próximamente colgaremos los videos sobre la conferencia sobre <strong>Migraña y déficit de DAO</strong>, organizada en el <strong>Congreso INFARMA de Barcelona</strong> que ayer concluyó. De momento os anticipamos en este enlace de audio una entrevista de radio a la <strong>Dra. Gloria Sabater</strong> sobre el contenido de dicha conferencia.</p>
<p><a class="alignright" href="http://dr-healthcare.com/DR_Healthcare.mp3" target="_blank">Haz click aqui para escuchar la entrevista<br />
</a></p>
<div dir="ltr"><a href="http://dr-healthcare.com/DR_Healthcare.mp3"></a></div>
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		</item>
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		<title>Tras el diagnóstico que verifique que se trata de migraña, el siguiente paso es reconocer el origen.</title>
		<link>http://biofuncionalismo.com/tras-el-diagnostico-que-verifique-que-se-trata-de-migrana-el-siguiente-paso-es-reconocer-el-origen/</link>
		<comments>http://biofuncionalismo.com/tras-el-diagnostico-que-verifique-que-se-trata-de-migrana-el-siguiente-paso-es-reconocer-el-origen/#comments</comments>
		<pubDate>Mon, 03 Jan 2011 13:51:56 +0000</pubDate>
		<dc:creator><![CDATA[JJ Duelo]]></dc:creator>
				<category><![CDATA[Biofuncionalismo]]></category>
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		<category><![CDATA[Migratest]]></category>

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		<description><![CDATA[<p>La migraña se diferencia básicamente de un dolor de cabeza común o cefalea tensional, en su carácter recurrente, en que cada crisis dura entre 4 y 72 horas, que el dolor suele localizarse hemicranealmente (en uno o ambos lados de la cabeza), que tiene una connotación pulsátil (el dolor es sincrónico con el ritmo cardíaco) y que normalmente se acompaña de náuseas, vómitos, fotofobia y fonofobia. La migraña se diagnostica mediante anamnesis, acudiendo en primer lugar a un médico de primaria experto en cefaleas o a un neurólogo si la sintomatología es severa, quien analizará el posible o posibles factores que la desencadenan, para minimizarlos o eliminarlos.   El 2011 comienza con una gran novedad en el diagnóstico y tratamiento preventivo de la migraña, pues ahora ya es posible analizar con objetividad clínica si el origen de la migraña es alimentario, analizando si puede estar en el déficit de la enzima DAO  (ya se puede practicar la analítica de diagnósis para medir la actividad DAO en plasma). Pues, en tal caso, la migraña puede tratarse preventivamente sin medicación con extraordinarios resultados. En cuanto al tratamiento paliativo del dolor, aunque no existen acciones &#8216;caseras&#8217; que puedan evitar que se produzca, lo aconsejable es que cuando el migrañoso intuye que se avecina una crisis tome medidas como: Ingerir alimentos muy salados; ejercerse compresión continuada sobre las arterias temporales superficiales a la altura de las sienes; y relajarse aislándose en ambientes oscuros y silenciosos. Asimismo, se recomienda evitar el ejercicio físico ya que no solo no previene la migraña, sino que puede desencadenarla o agravar la intensidad de las crisis. Por último, vale la pena recordar que el uso excesivo de analgésicos pueden producir &#8216;efecto rebote&#8217;, ya que inhiben o bloquean la acción de la enzima DAO, la más destacada en la metabolización de la histamina, molécula causante de la migraña. Por ello, muchos medicamentos pueden paliar el dolor pero al inhibir la actividad DAO, acaban generando más frecuencia e intensidad del dolor en las crisis.</p>
<p>The post <a rel="nofollow" href="http://biofuncionalismo.com/tras-el-diagnostico-que-verifique-que-se-trata-de-migrana-el-siguiente-paso-es-reconocer-el-origen/">Tras el diagnóstico que verifique que se trata de migraña, el siguiente paso es reconocer el origen.</a> appeared first on <a rel="nofollow" href="http://biofuncionalismo.com">Biofuncionalismo</a>.</p>
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<p>La <strong>migraña</strong> se diferencia básicamente de un dolor de cabeza común o cefalea tensional, en su carácter recurrente, en que cada crisis dura entre 4 y 72 horas, que el dolor suele localizarse hemicranealmente (en uno o ambos lados de la cabeza), que tiene una connotación pulsátil (el dolor es sincrónico con el ritmo cardíaco) y que normalmente se acompaña de náuseas, vómitos, fotofobia y fonofobia.</p>
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<div><a href="http://biofuncionalismo.com/wp-content/uploads/2010/08/MIGRATEST1.jpg"><img class="alignright size-medium wp-image-712" src="http://biofuncionalismo.com/wp-content/uploads/2010/08/MIGRATEST1-300x273.jpg" alt="Test de la enzima DAO" width="300" height="273" /></a>La <strong>migraña</strong> se diagnostica mediante anamnesis, acudiendo en primer lugar a un <strong>médico de primaria</strong> experto en cefaleas o a un <strong>neurólogo</strong> si la sintomatología es severa, quien analizará el posible o posibles factores que la desencadenan, para minimizarlos o eliminarlos.</div>
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El 2011 comienza con una gran novedad</strong> en el diagnóstico y tratamiento preventivo de la migraña, pues ahora ya es posible analizar con objetividad clínica si el origen de la migraña es alimentario, <strong>analizando si puede estar en el déficit de la enzima DAO</strong>  (ya se puede practicar la <a href="http://www.migratest.net" target="_blank">analítica de diagnósis para medir la actividad DAO </a>en plasma). Pues, en tal caso, la migraña puede tratarse preventivamente sin medicación con extraordinarios resultados.</div>
<div>En cuanto al tratamiento paliativo del dolor, aunque no existen acciones &#8216;caseras&#8217; que puedan evitar que se produzca, lo aconsejable es que cuando el migrañoso intuye que se avecina una crisis tome medidas como: Ingerir alimentos muy salados; ejercerse <strong><a href="http://www.migracalm.net" target="_blank">compresión continuada sobre las arterias temporales</a></strong> superficiales a la altura de las sienes; y relajarse aislándose en ambientes oscuros y silenciosos.</div>
<div>Asimismo, se recomienda evitar el ejercicio físico ya que no solo no previene la migraña, sino que puede desencadenarla o agravar la intensidad de las crisis.</div>
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<p>Por último, vale la pena recordar que el uso excesivo de analgésicos pueden producir &#8216;efecto rebote&#8217;, ya que inhiben o bloquean la acción de la <strong><a title="complemento alimenticio DAO" href="http://www.daosin.es" target="_blank">enzima DAO</a></strong>, la más destacada en la metabolización de la histamina, molécula causante de la migraña. Por ello, <strong>muchos medicamentos pueden paliar el dolor pero al inhibir la actividad DAO</strong>, acaban generando más frecuencia e intensidad del dolor en las crisis.</p>
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		<title>Nueva tienda on line de productos biofuncionales</title>
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		<pubDate>Fri, 03 Dec 2010 19:38:54 +0000</pubDate>
		<dc:creator><![CDATA[JJ Duelo]]></dc:creator>
				<category><![CDATA[Biofuncionalismo]]></category>
		<category><![CDATA[Diagnóstico]]></category>
		<category><![CDATA[Migraña y otras cefaleas vasculares]]></category>
		<category><![CDATA[Tratamiento paliativo biofuncional]]></category>
		<category><![CDATA[Tratamiento preventivo biofuncional]]></category>
		<category><![CDATA[DAO]]></category>
		<category><![CDATA[daosin]]></category>
		<category><![CDATA[diadema antimigraña]]></category>
		<category><![CDATA[Diamino Oxidasa;]]></category>
		<category><![CDATA[enzima DAO]]></category>
		<category><![CDATA[migracalm]]></category>
		<category><![CDATA[migraña]]></category>
		<category><![CDATA[MIGRASIN]]></category>
		<category><![CDATA[Migratest]]></category>

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		<description><![CDATA[<p>Esta semana estrenamos nueva tienda on line donde se pueden comprar nuestros innovadores productos para el tratamiento biofuncional de la migraña. Diagnosis : Puedes reservar on line la nueva analitica de la enzima DAO (Migratest), para conocer con objetividad mediante una analítica in vitro, el nivel de actividad de la enzima DAO en plasma, el cual puede reflejar objetivamente si la migraña tiene un origen alimentario por déficit de DAO. Prevención: Es posible adquirir en la tienda el nuevo alimento dietético biofuncional,  complemento alimenticio de enzima DAO, Daosin. Paliativo:  En la tienda puede comprarse también el paliativo biofuncional Migracalm, en sus diferentes tallas y colores. &#160; Acceso a Tienda &#160;</p>
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				<content:encoded><![CDATA[<p>Esta semana estrenamos nueva tienda on line donde se pueden comprar nuestros innovadores productos para el tratamiento biofuncional de la migraña.</p>
<p><strong><a class="AlignCenter" title="Tienda on line DR Healthcare" href="http://www.dr-healthcareshop.com" target="_blank"><img class="alignleft size-medium wp-image-772" title="Tienda On line DR Healthcare" src="http://biofuncionalismo.com/wp-content/uploads/2010/12/Tienda-On-line-DR-Healthcare1-300x217.jpg" alt="" width="270" height="195" /></a>Diagnosis </strong>: Puedes reservar on line la nueva analitica de la enzima DAO (Migratest), para conocer con objetividad mediante una analítica in vitro, el nivel de actividad de la enzima DAO en plasma, el cual puede reflejar objetivamente si la migraña tiene un origen alimentario por déficit de DAO.</p>
<p><strong>Prevención</strong>: Es posible adquirir en la tienda el nuevo alimento dietético biofuncional,  complemento alimenticio de enzima DAO, Daosin.</p>
<p><strong>Paliativo</strong>:  En la tienda puede comprarse también el paliativo biofuncional Migracalm, en sus diferentes tallas y colores.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p><a href="http://www.vayadolordecabeza.com/">Acceso a Tienda</a></p>
<p>&nbsp;</p>
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