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	<title>Biofuncionalismo &#187; migraña y alimentacion</title>
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	<description>Biología Funcional - Déficit de DAO</description>
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		<title>Dia internacional de Acción contra la Migraña en el COFV</title>
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		<pubDate>Sun, 15 Sep 2013 10:34:35 +0000</pubDate>
		<dc:creator><![CDATA[admin]]></dc:creator>
				<category><![CDATA[Déficit de DAO]]></category>
		<category><![CDATA[Migraña y otras cefaleas vasculares]]></category>
		<category><![CDATA[DAO; diamino oxidasa]]></category>
		<category><![CDATA[Dr. Joan Izquierdo]]></category>
		<category><![CDATA[enzima DAO]]></category>
		<category><![CDATA[estudio MIGRADAO 002]]></category>
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		<description><![CDATA[<p>Valencia, 13 de septiembre 2013.- Con motivo de la celebración del Dia Internacional de Acción contra la Migraña, el Colegio Oficial de Farmacéuticos de Valencia organizó una conferencia dirigida a farmacéuticos sobre los resultados del estudio sobre la eficacia del nuevo tratamiento preventivo de la migraña con enzima DiAminoOxidasa (DAO) -sin medicamentos-, a cargo del Dr. Joan Izquierdo Casas, miembro de la Sociedad Española de Neurología y de la Sociedad Internacional del Déficit de DAO, neurólogo del Capio Hospital General de Catalunya e investigador principal del estudio. Las posibilidades de padecer migraña,   aumentan cuando existe un exceso de histamina en plasma. La histamina es una molécula endógena vital mediadora de muchos procesos biológicos, pero también está presente en los alimentos de la dieta cotidiana. Normalmente la histamina exógena ingerida en la dieta es degradada por la enzima DiAminoOxidasa (DAO) en el intestino delgado. Sin embargo, en aquellas personas que tienen una baja actividad o déficit de DAO, la histamina ingerida no se puede eliminar y pasa a través del epitelio intestinal al torrente sanguíneo, causando diferentes síntomas y patologías, entre ellas la migraña. Funcionamiento de la enzima DiAminoOxidasa La enzima DAO es una proteína, una cadena de aminoácidos que degrada o metaboliza la histamina ingerida en dieta, eliminándose posteriormente por la orina sin dejar efectos adversos.  La enzima DiAminoOxidasa se comercializa como un alimento dietético para usos médicos especiales, no es un medicamento y por consiguiente no tiene efectos secundarios. El estudio arroja dos conclusiones básicas: una clara tendencia en la disminución o desaparición de las crisis  y por otro lado, aquellos pacientes que siguieron registrando crisis, vieron disminuida o eliminada la demanda de triptanes (fármacos para el tratamiento agudo de ataques de migraña) lo cual demuestra que la intensidad del dolor disminuyó. En resumen, el estudio demuestra que en el 87% de los pacientes de migraña presentan déficit de DAO y en dichos casos se puede tratar la migraña preventivamente con un alimento dietético de enzima DAO, sin efecto adverso alguno en el 100% de los pacientes y permitiendo retirar el consumo de fármacos. &#160; Según el neurólogo e investigador principal Capio Hospital General de Catalunya, el Dr. Joan Izquierdo Casas, “este estudio, que es primicia mundial, supone un importante paso adelante en la investigación de las causas y la eficacia del tratamiento de la migraña con DAO.” A lo largo de los últimos años, estudios anteriores, de la Cátedra de Nutrición y Bromatología de la UB –en 2010- y de la Unidad de Neurología del Capio Hospital General de Catalunya –en 2012- (Premiado por la ‘Societat Catalana de Neurologia’) ya coincidieron en demostrar la alta prevalencia de este trastorno metabólico (más del 90%) de baja actividad DAO en pacientes con migraña. Según datos de un estudio impulsado por la Asociación Española de Pacientes con Cefalea (AEPAC) realizado en 2012, medio millón de personas sufren migraña en la Comunitat Valenciana, una enfermedad que afecta a un total de 5 millones de personas en España, lo que supone un coste de 2.000 millones y una pérdida de 20 millones de jornadas laborales anuales. &#160;</p>
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				<content:encoded><![CDATA[<div id="attachment_1504" style="width: 310px" class="wp-caption alignright"><a href="http://biofuncionalismo.com/wp-content/uploads/2013/09/IMG_9784reto.jpg"><img class="size-medium wp-image-1504" alt="El neurólogo Dr. Joan Izquierdo presentó los resultados del estudio en el COFV" src="http://biofuncionalismo.com/wp-content/uploads/2013/09/IMG_9784reto-300x199.jpg" width="300" height="199" /></a><p class="wp-caption-text">Conferencia en el Colegio Oficial de Farmacéuticos de Valencia</p></div>
<p><strong>Valencia, 13 de septiembre 2013.</strong>- Con motivo de la celebración del Dia Internacional de Acción contra la Migraña, el Colegio Oficial de Farmacéuticos de Valencia organizó una conferencia dirigida a farmacéuticos sobre los resultados del estudio sobre la eficacia del nuevo tratamiento preventivo de la migraña con enzima DiAminoOxidasa (DAO) -sin medicamentos-, a cargo del Dr. Joan Izquierdo Casas, miembro de la Sociedad Española de Neurología y de la Sociedad Internacional del Déficit de DAO, neurólogo del Capio Hospital General de Catalunya e investigador principal del estudio<b>.</b></p>
<p>Las posibilidades de padecer migraña,   aumentan cuando existe un exceso de histamina en plasma. La histamina es una molécula endógena vital mediadora de muchos procesos biológicos, pero también está presente en los alimentos de la dieta cotidiana.</p>
<p>Normalmente la histamina exógena ingerida en la dieta es degradada por la enzima DiAminoOxidasa (DAO) en el intestino delgado. Sin embargo, en aquellas personas que tienen una baja actividad o déficit de DAO, la histamina ingerida no se puede eliminar y pasa a través del epitelio intestinal al torrente sanguíneo, causando diferentes síntomas y patologías, entre ellas la migraña.</p>
<p><strong>Funcionamiento de la enzima DiAminoOxidasa</strong></p>
<p>La enzima DAO es una proteína, una cadena de aminoácidos que degrada o metaboliza la histamina ingerida en dieta, eliminándose posteriormente por la orina sin dejar efectos adversos.  La enzima <b>DiAminoOxidasa</b><b> </b>se comercializa como un alimento dietético para usos médicos especiales, no es un medicamento y por consiguiente no tiene efectos secundarios.</p>
<p>El estudio arroja dos <span style="text-decoration: underline;">conclusiones básicas</span>: una <b>clara tendencia en la disminución o desaparición de las crisis</b>  y por otro lado, aquellos pacientes que siguieron registrando crisis, vieron <b>disminuida o eliminada la demanda de triptanes</b> (fármacos para el tratamiento agudo de ataques de migraña) lo cual demuestra que <b>la intensidad del dolor disminuyó</b>.</p>
<p>En resumen, el estudio demuestra que en el <b>87% de los pacientes de migraña presentan déficit de DAO y en dichos casos se puede tratar la migraña preventivamente con un alimento dietético de enzima DAO</b>, sin efecto adverso alguno en el 100% de los pacientes y permitiendo retirar el consumo de fármacos.</p>
<div id="attachment_1505" style="width: 310px" class="wp-caption alignleft"><a href="http://biofuncionalismo.com/wp-content/uploads/2013/09/IMG_9796reto.jpg"><img class="size-medium wp-image-1505" alt="Dr. Joan Izquierdo. Neurólogo del Capio Hospital e Investigador Principal del estudio" src="http://biofuncionalismo.com/wp-content/uploads/2013/09/IMG_9796reto-300x199.jpg" width="300" height="199" /></a><p class="wp-caption-text">Dr. Joan Izquierdo. Neurólogo del Capio Hospital e Investigador Principal del estudio</p></div>
<p>&nbsp;</p>
<p>Según el neurólogo e investigador principal Capio Hospital General de Catalunya, el Dr. Joan Izquierdo Casas, <i>“este estudio, que es primicia mundial, supone un importante paso adelante en la investigación de las causas y la eficacia del tratamiento de la migraña con DAO.”</i></p>
<p>A lo largo de los últimos años, estudios anteriores, de la Cátedra de Nutrición y Bromatología de la UB –en 2010- y de la Unidad de Neurología del Capio Hospital General de Catalunya –en 2012- (Premiado por la ‘Societat Catalana de Neurologia’) ya coincidieron en demostrar la alta prevalencia de este trastorno metabólico (más del 90%) de baja actividad DAO en pacientes con migraña.</p>
<p>Según datos de un estudio impulsado por la Asociación Española de Pacientes con Cefalea (AEPAC) realizado en 2012, medio millón de personas sufren migraña en la Comunitat Valenciana, una enfermedad que afecta a un total de 5 millones de personas en España, lo que supone un coste de 2.000 millones y una pérdida de 20 millones de jornadas laborales anuales.</p>
<p>&nbsp;</p>
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		<title>Los complementos o &#8216;suplementos&#8217; de la alimentación</title>
		<link>http://biofuncionalismo.com/los-complementos-o-suplementos-de-la-alimentacion/</link>
		<comments>http://biofuncionalismo.com/los-complementos-o-suplementos-de-la-alimentacion/#comments</comments>
		<pubDate>Thu, 31 Mar 2011 11:36:03 +0000</pubDate>
		<dc:creator><![CDATA[JJ Duelo]]></dc:creator>
				<category><![CDATA[Biofuncionalismo]]></category>
		<category><![CDATA[Migraña y Alimentación]]></category>
		<category><![CDATA[Tratamiento preventivo biofuncional]]></category>
		<category><![CDATA[alimento dietetico]]></category>
		<category><![CDATA[complemento alimenticio biofuncional]]></category>
		<category><![CDATA[DAO]]></category>
		<category><![CDATA[daosin]]></category>
		<category><![CDATA[enzima DAO]]></category>
		<category><![CDATA[migraña y alimentacion]]></category>
		<category><![CDATA[MIGRASIN]]></category>

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		<description><![CDATA[<p>Dra. Magda Rafecas, profesora titular de Nutrición y Bromatología de la Universitat de Barcelona Biotecnología, alimentación y salud. Biocat, marzo 2011. Para entender qué son los complementos de la alimentación, complementos alimenticios o food supplements –de ahí que se conozcan como suplementos de la alimentación–, debemos situarlos en el marco europeo donde quedan definidos. La Directiva 2002/46/CE dice textualmente que son aquellos productos alimenticios que tienen por finalidad &#8220;complementar&#8221; la dieta normal, y que consisten en fuentes concentradas de nutrientes u otras sustancias (podríamos llamarlas sustancias bioactivas). Estos productos tienen un efecto nutricional o fisiológico –de forma simple o combinada–, se comercializan en cápsulas, pastillas, botellas de líquido, formas en polvo u otras formas similares de presentación, y deben tomarse en pequeñas cantidades unitarias. Esta definición hace que el consumidor los confunda con un medicamento, cuando la Directiva los define como alimentos que contienen fuentes concentradas de nutrientes y, por tanto, son, legalmente, alimentos. Es cierto que por su presentación podríamos decir que parecen más cercanos a la industria farmacéutica que a la alimentaria. Según la propia Directiva, se entiende por nutriente las siguientes sustancias: vitaminas y minerales. La pregunta que lógicamente se desprende de esta definición es: ¿Qué pasa con otros nutrientes o sustancias bioactivas como los ácidos grasos o la fibra alimentaria? Sencillamente, pueden estar presentes en el diseño y formulación de los complementos, pero las cantidades, dosis y forma química no están reguladas ni en la Directiva 2002/46/CE ni en los Reglamentos 1952/2006 y 1170/2009, ya que estos sólo hacen referencia a vitaminas y minerales y las formas químicas que se pueden añadir tanto en los alimentos (alimentos funcionales) como en los complementos de la alimentación. Usualmente, en estos casos se utilizan recomendaciones nutricionales, o en el caso de que sean las del panel de la NDA (dietetic products, nutrition and allergies) de la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA). Así pues, para la comercialización de los complementos de la alimentación, Europa tiene una Directiva marco y Reglamentaciones que definen cuáles son las formas químicas de vitaminas y minerales que pueden añadirse. Pongamos un ejemplo. En nutrición hablamos de un determinado nutriente, la vitamina C, y según las Reglamentaciones ésta se puede adicionar como ácido L-ascórbico, L-ascorbato de sodio o 6-palmitato de L-ascorbil, compuestos que en definitiva influirán decisivamente en la biodisponibilidad de este nutriente por parte del organismo y para que se aproveche mejor. Otro aspecto a tener en cuenta es la comercialización de los complementos y en especial el etiquetado que deben llevar. En este punto, cabe decir que la Unión Europea ha publicado la Directiva 2008/100/CE, dirigida específicamente a lo que conocemos por cantidad diaria recomendada (CDR) y correspondientes definiciones, y que regula las vitaminas y minerales que pueden declararse y da la cantidad diaria recomendada (CDR) para cada uno de ellos. La Directiva también añade que &#8220;por regla general&#8221; se podrán declarar las vitaminas y minerales con cantidades &#8220;significativas&#8221;, entendiendo por éstas el 15% de la CDR explicitada en la Directiva. Así, si se quiere incorporar ácido fólico, como la CDR (2008) es de 200 mcg/día, se podría declarar el contenido a partir de 30 mcg de ácido fólico. A pesar de esta primera aproximación, que parece clara, el problema surge de la contraposición entre las necesidades nutricionales y la CDR, que hay que recordar, que son, sencillamente, una herramienta para la comercialización y etiquetado de los alimentos y complementos de la alimentación, y que tienen la función de poder comparar alimentos y complementos e informar al consumidor para que conozca qué producto puede aportar más o menos cantidad de una determinada vitamina o mineral de manera que le permita cubrir, en un principio, sus necesidades en este nutriente. Como ya he comentado, este marco legal, que puede parecer adecuado para entender qué complementos aportan más cantidad de una determinada vitamina y mineral, y que permite hacer comparaciones entre ellos, entra, a veces, en contraposición clara con las necesidades nutricionales de determinados grupos poblacionales. Siguiendo con el ácido fólico, y como ejemplo claro de esta contradicción, es bien sabido, nutricionalmente, que para la prevención de la espina bífida en bebés es necesario que la madre tome 400 mcg de fólico/día y, como mínimo, tres meses antes de la concepción. Claro que esta recomendación nutricional no encaja con las CDRs, que justo son la mitad. ¿Qué debemos hacer, pues? Bien, las respuestas pueden ser de muchos tipos, desde quien formula con 400 mcg –esto representaría el 200% de la CDR y estaría en contra de la Directiva 2002/46/CE, que explícitamente advierte que no se debe superar la CDR expresamente recomendada– hasta quien sugiere que se tomen dos comprimidos de 200 mcg de fólico/día. Es decir, es difícil compatibilizar algunas recomendaciones nutricionales con los conceptos legales de etiquetado y comercialización de complementos de la alimentación. Finalmente, cabe recordar que la Directiva 2002/46/CE, establece claramente que la etiqueta, la presentación y la publicidad de los complementos no puede atribuirse la propiedad de prevenir, tratar o curar una determinada enfermedad, y que no se deben tomar como sustituto de una alimentación equilibrada, sino que tan sólo la complementan. Con todo lo expuesto, queda claro que es un reto para nuestra industria la formulación de complementos de la alimentación y encontrar el lugar donde situarlos en este difícil camino que por un lado viene determinado por las necesidades nutricionales y por otro enmarcado en las normativas europeas. Ver noticia original: http://www.biocat.cat/es/los-complementos-o-suplementos-de-la-alimentacion</p>
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]]></description>
				<content:encoded><![CDATA[<p>Dra. Magda Rafecas, profesora titular de Nutrición y Bromatología de la <a href="http://www.il3.ub.edu/oferta/farmacia/2011/reg_1.html" target="_blank">Universitat de Barcelona</a></p>
<p><a href="http://biofuncionalismo.com/wp-content/uploads/2011/03/Magda_Rafecas_int_011.jpg"><img class="alignleft size-medium wp-image-895" title="Magda_Rafecas_int_0" src="http://biofuncionalismo.com/wp-content/uploads/2011/03/Magda_Rafecas_int_01-272x300.jpg" alt="" width="272" height="300" /></a>Biotecnología, alimentación y salud. Biocat, marzo 2011. Para entender qué son los complementos de la alimentación, complementos alimenticios o <em>food supplements</em> –de ahí que se conozcan como suplementos de la alimentación–, debemos situarlos en el marco europeo donde quedan definidos.</p>
<p>La <a href="http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=CELEX:32002L0046:ES:NOT" target="_blank">Directiva 2002/46/CE</a> dice textualmente que son aquellos productos alimenticios que tienen por finalidad &#8220;complementar&#8221; la dieta normal, y que consisten en fuentes concentradas de nutrientes u otras sustancias (<strong>podríamos llamarlas sustancias bioactivas</strong>). Estos productos tienen un efecto nutricional o fisiológico –de forma simple o combinada–, se comercializan en cápsulas, pastillas, botellas de líquido, formas en polvo u otras formas similares de presentación, y deben tomarse en pequeñas cantidades unitarias.</p>
<p>Esta definición hace que el consumidor los confunda con un medicamento, cuando la Directiva los define como alimentos que contienen fuentes concentradas de nutrientes y, por tanto, son, legalmente, alimentos. Es cierto que por su presentación podríamos decir que parecen más cercanos a la industria farmacéutica que a la alimentaria.</p>
<p>Según la propia Directiva, se entiende por nutriente las siguientes sustancias: vitaminas y minerales. La pregunta que lógicamente se desprende de esta definición es: ¿Qué pasa con otros nutrientes o sustancias bioactivas como los ácidos grasos o la fibra alimentaria? Sencillamente, pueden estar presentes en el diseño y formulación de los complementos, pero las cantidades, dosis y forma química no están reguladas ni en la Directiva 2002/46/CE ni en los Reglamentos 1952/2006 y 1170/2009, ya que estos sólo hacen referencia a vitaminas y minerales y las formas químicas que se pueden añadir tanto en los alimentos (alimentos funcionales) como en los complementos de la alimentación. Usualmente, en estos casos se utilizan recomendaciones nutricionales, o en el caso de que sean las del panel de la NDA (<em>dietetic products, nutrition and allergies</em>) de la <a href="http://www.efsa.europa.eu/en/panels/nda.htm" target="_blank">Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria</a> (EFSA).</p>
<p>Así pues, para la comercialización de los complementos de la alimentación, Europa tiene una Directiva marco y Reglamentaciones que definen cuáles son las formas químicas de vitaminas y minerales que pueden añadirse. Pongamos un ejemplo. En nutrición hablamos de un determinado nutriente, la vitamina C, y según las Reglamentaciones ésta se puede adicionar como ácido L-ascórbico, L-ascorbato de sodio o 6-palmitato de L-ascorbil, compuestos que en definitiva influirán decisivamente en la biodisponibilidad de este nutriente por parte del organismo y para que se aproveche mejor.</p>
<p><strong>Otro aspecto a tener en cuenta es la comercialización de los complementos y en especial el etiquetado que deben llevar.</strong> En este punto, cabe decir que la Unión Europea ha publicado la <a href="http://www.efsa.europa.eu/en/panels/nda.htm" target="_blank">Directiva 2008/100/CE</a>, dirigida específicamente a lo que conocemos por cantidad diaria recomendada (CDR) y correspondientes definiciones, y que regula las vitaminas y minerales que pueden declararse y da la cantidad diaria recomendada (CDR) para cada uno de ellos. La Directiva también añade que &#8220;por regla general&#8221; se podrán declarar las vitaminas y minerales con cantidades &#8220;significativas&#8221;, entendiendo por éstas el 15% de la CDR explicitada en la Directiva. Así, si se quiere incorporar ácido fólico, como la CDR (2008) es de 200 mcg/día, se podría declarar el contenido a partir de 30 mcg de ácido fólico. A pesar de esta primera aproximación, que parece clara, el problema surge de la contraposición entre las necesidades nutricionales y la CDR, que hay que recordar, que son, sencillamente, una herramienta para la comercialización y etiquetado de los alimentos y complementos de la alimentación, y que tienen la función de poder comparar alimentos y complementos e informar al consumidor para que conozca qué producto puede aportar más o menos cantidad de una determinada vitamina o mineral de manera que le permita cubrir, en un principio, sus necesidades en este nutriente.</p>
<p>Como ya he comentado, este marco legal, que puede parecer adecuado para entender qué complementos aportan más cantidad de una determinada vitamina y mineral, y que permite hacer comparaciones entre ellos, entra, a veces, en <strong>contraposición clara con las necesidades nutricionales de determinados grupos poblacionales</strong>. Siguiendo con el ácido fólico, y como ejemplo claro de esta contradicción, es bien sabido, nutricionalmente, que para la prevención de la espina bífida en bebés es necesario que la madre tome 400 mcg de fólico/día y, como mínimo, tres meses antes de la concepción. Claro que esta recomendación nutricional no encaja con las CDRs, que justo son la mitad. ¿Qué debemos hacer, pues? Bien, las respuestas pueden ser de muchos tipos, desde quien formula con 400 mcg –esto representaría el 200% de la CDR y estaría en contra de la Directiva 2002/46/CE, que explícitamente advierte que no se debe superar la CDR expresamente recomendada– hasta quien sugiere que se tomen dos comprimidos de 200 mcg de fólico/día. Es decir, es difícil compatibilizar algunas recomendaciones nutricionales con los conceptos legales de etiquetado y comercialización de complementos de la alimentación.</p>
<p>Finalmente, cabe recordar que la Directiva 2002/46/CE, establece claramente que la etiqueta, la presentación y la publicidad de los complementos no puede atribuirse la propiedad de prevenir, tratar o curar una determinada enfermedad, y que no se deben tomar como sustituto de una alimentación equilibrada, sino que tan sólo la complementan.</p>
<p>Con todo lo expuesto, queda claro que es un reto para nuestra industria la formulación de complementos de la alimentación y encontrar el lugar donde situarlos en este difícil camino que por un lado viene determinado por las necesidades nutricionales y por otro enmarcado en las normativas europeas.</p>
<p>Ver noticia original: <a href="http://www.biocat.cat/es/los-complementos-o-suplementos-de-la-alimentacion">http://www.biocat.cat/es/los-complementos-o-suplementos-de-la-alimentacion</a></p>
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		<title>Los estudios de neuroimagen en migraña atípica</title>
		<link>http://biofuncionalismo.com/los-estudios-de-neuroimagen-en-migranas-atipicas/</link>
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		<pubDate>Tue, 02 Nov 2010 10:58:20 +0000</pubDate>
		<dc:creator><![CDATA[JJ Duelo]]></dc:creator>
				<category><![CDATA[Diagnóstico]]></category>
		<category><![CDATA[Migraña y otras cefaleas vasculares]]></category>
		<category><![CDATA[diagnostico]]></category>
		<category><![CDATA[migraña]]></category>
		<category><![CDATA[migraña y alimentacion]]></category>

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		<description><![CDATA[<p>Fuente: La Vanguardia, 30 de octubre de 2010 por Elisenda Grívé Neurorradiologa. CRC-Hospital Sagrat Cor. En el número del pasado mes ya referíamos el dolor de cabeza (o cefalea) como una de las consultas médicas más frecuentes y que puede ser manifestación de múltiples causas. Si nos circunscribimos al dolor de cabeza crónico y recurrente la gran mayoría aproximadamente 2/3 de las consultas corresponden a cefalea tensional producida por contracturas musculares y/o estrés. El segundo tipo más frecuente es la migraña. Esta se caracteriza por ataques de dolor de cabeza pulsátil e intenso generalmente de un solo lado del cráneo, en relación a vasodi latación arterial. Suele acompañarse de vómitos, intolerancia a la luz y a los ruidos y molestias en el ojo del mismo lado del dolor de cabeza. Es más frecuente en mujeres que en hombres. Si la migraña viene precedida por síntomas neurológicos (generalmente alteraciones visuales) se denomina migraña con aura. Las causas de la migraña todavía no están claras. Existe un componente hereditario y se conocen ciertos factores desencadenantes, relacionados principalmente con cambios en el estilo de vida o medioambientales, que varían de un paciente a otro. Los cambios hormonales, de horarios o rutinas, trastornos del sueño, los cambios atmosféricos, el ayuno, el estrés, la luz brillante, el tabaco, el alcohol o múltiples alimentos (chocolate, queso, té, café, conservas&#8230;) pueden precipitar ataques de migraña. La alimentación inadecuada puede propiciar migraña Evitando en lo posible los factores desencadenantes pueden reducirse los ataques en frecuencia e intensidad, aunque dado que estos factores son particulares para cada paciente es importante identificarlos. Cuando se diagnostica migraña el médico ayuda a reconocer y evitar los factores desencadenantes, aconseja el tratamiento de la fase aguda de la cefalea y decide si es necesario el tratamiento preventivo. Para el diagnóstico de migraña suele ser suficiente una historia clínica dirigida y una exploración neurològica normal. Los estudios de neuroimagen, tomografía computarizada (TC) o resonancia magnética (RM), no están indicados en la migraña pues no aportan datos para el diagnóstico y la frecuencia de patología asociada es muy baja. No obstante si las características de la migraña son atípicas, cambian de forma brusca, o incluso para reducir la angustia del paciente, la realización de TC o RM puede ser útil para descartar patología asociada. Si existe sospecha de infarto cerebral también debe realizarse un estudio de imagen, se ha relacionado la migraña con aura con mayor riesgo de infarto cerebral. En estudios por RM realizados en pacientes con historia de migraña se ha descrito mayor frecuencia de pequeñas alteraciones focales en la sustancia blanca cerebral (Fig 1). Estas alteraciones también pueden verse ocasionalmente en la población asintomática, pero generalmente se detectan en pacientes con factores de riesgo para patología cerebrovascular. Ello podría indicar un mayor riesgo de infarto cerebral en los pacientes con migraña. Esta hipótesis está todavía pendiente de confirmar. En los estudios por TC no se han descrito alteraciones significativas en pacientes migrañosos (Fig2). Fig 1: La RM cerebral de una mujer de 32 años con migrañas. Muestra lesiones focales puntíformes en la sustancia blanca subcortical de ambos hemisferios cerebrales. Fig 2: El TC cerebral de la misma paciente no muestra alteraciones significativas.</p>
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				<content:encoded><![CDATA[<p><a href="http://biofuncionalismo.com/wp-content/uploads/2010/11/La-vanguardia11.jpg"><img class="alignleft size-medium wp-image-732" title="La vanguardia" src="http://biofuncionalismo.com/wp-content/uploads/2010/11/La-vanguardia1-199x300.jpg" alt="" width="199" height="300" /></a>Fuente: La Vanguardia, 30 de octubre de 2010 por Elisenda Grívé Neurorradiologa. CRC-Hospital Sagrat Cor.</p>
<p>En el número del pasado mes ya referíamos el dolor de cabeza (o cefalea) como una de las consultas médicas más frecuentes y que puede ser manifestación de múltiples causas. Si nos circunscribimos al dolor de cabeza crónico y recurrente la gran mayoría aproximadamente 2/3 de las consultas corresponden a cefalea tensional producida por contracturas musculares y/o estrés. El segundo tipo más frecuente es <strong>la migraña</strong>. Esta se caracteriza por ataques de dolor de cabeza pulsátil e intenso generalmente de un solo lado del cráneo, en relación a vasodi latación arterial. Suele acompañarse de vómitos, intolerancia a la luz y a los ruidos y molestias en el ojo del mismo lado del dolor de cabeza. Es más frecuente en mujeres que en hombres. Si la migraña viene precedida por síntomas neurológicos (generalmente alteraciones visuales) se denomina migraña con aura.<br />
Las causas de la migraña todavía no están claras. Existe un componente hereditario y se conocen ciertos factores desencadenantes, relacionados principalmente con cambios en el estilo de vida o medioambientales, que varían de un paciente a otro. Los cambios hormonales, de horarios o rutinas, trastornos del sueño, los cambios atmosféricos, el ayuno, el estrés, la luz brillante, el tabaco, el alcohol o <strong>múltiples alimentos</strong> (chocolate, queso, té, café, conservas&#8230;) <strong>pueden precipitar ataques de migraña</strong>.</p>
<p style="text-align: left;"><strong>La alimentación inadecuada puede propiciar migraña</strong></p>
<p>Evitando en lo posible los factores desencadenantes pueden reducirse los ataques en frecuencia e intensidad, aunque dado que estos factores son particulares para cada paciente es importante identificarlos. Cuando se diagnostica migraña el médico ayuda a reconocer y evitar los factores desencadenantes, aconseja el tratamiento de la fase aguda de la cefalea y decide si es necesario el tratamiento preventivo.</p>
<p>Para el diagnóstico de migraña suele ser suficiente una historia clínica dirigida y una exploración neurològica normal.<br />
Los estudios de neuroimagen, tomografía computarizada (TC) o resonancia magnética (RM), no están indicados en la migraña pues no aportan datos para el diagnóstico y la frecuencia de patología asociada es muy baja. No obstante si las características de la migraña son atípicas, cambian de forma brusca, o incluso para reducir la angustia del paciente, la realización de TC o RM puede ser útil para descartar patología asociada. Si existe sospecha de infarto cerebral también debe realizarse un estudio de imagen, se ha relacionado la migraña con aura con mayor riesgo de infarto cerebral.</p>
<p>En estudios por RM realizados en pacientes con historia de migraña se ha descrito mayor frecuencia de pequeñas alteraciones focales en la sustancia blanca cerebral (Fig 1). Estas alteraciones también pueden verse ocasionalmente en la población asintomática, pero generalmente se detectan en pacientes con factores de riesgo para patología cerebrovascular.</p>
<p>Ello podría indicar un mayor riesgo de infarto cerebral en los pacientes con migraña. Esta hipótesis está todavía pendiente de confirmar. En los estudios por TC no se han descrito alteraciones significativas en pacientes migrañosos (Fig2).</p>
<p>Fig 1: La RM cerebral de una mujer de 32 años con migrañas. Muestra lesiones focales puntíformes en la sustancia blanca subcortical de ambos hemisferios cerebrales. Fig 2: El TC cerebral de la misma paciente no muestra alteraciones significativas.</p>
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		<title>La migraña no tiene su origen en la alimentación, sino en el ADN</title>
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		<pubDate>Sun, 12 Sep 2010 09:39:32 +0000</pubDate>
		<dc:creator><![CDATA[JJ Duelo]]></dc:creator>
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		<category><![CDATA[Tratamiento preventivo biofuncional]]></category>
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		<description><![CDATA[<p>Aclaraciones sobre la entrevista publicada ayer, en el ABC salud de 11 de septiembre.- A veces las palabras pueden malinterpretarse , infundiendo a innecesarios e importantes errores.  Es por este motivo, que nos vemos obligados a aclarar algunos conceptos publicados en esta entrevista que pueden no haberse interpretado bien: 1.- El desencadenante de la migraña es multifactorial y la alimentación puede ser uno de los factores destacados en muchos pacientes. No decimos por tanto, que la alimentación no sea un factor, sino que hasta ahora la relación entre dieta y migraña se fundamentaba en la creencia de que algunos alimentos podían ser responsables &#8220;per se&#8221; de generar migraña, debido a que contienen histamina y/u otros componentes que la desencadenan. Nuestro estudio aporta una nueva perspectiva sobre esta relación, ya que se evidencia que el origen de la migraña no está en la presencia de histamina en los alimentos, sino que se encuentra en el propio individuo, el cual debido a una carencia enzimática responde de manera adversa a la presencia de sustancias en los alimentos que pasan absolutamente inadvertidas para la mayoría de la población. Y por eso podemos predecir que la migraña no tiene su origen en la alimentación, sino en el ADN. Hasta ahora se habían confeccionado listados de alimentos “supuestamente culpables” de desencadenar migraña, pero esto es realmente complicado de establecer de forma general para toda la población porque la aparición de la migraña depende más del grado de deficiencia de DAO del individuo que del alimento. 2.- En ningún momento hemos dicho que el tratamiento farmacológico cronifique la migraña de manera categórica. Lo que si puede provocar cronicidad de la enfermedad es la sobredosificación y/o la polimedicación, que en ocasiones viene derivada por la automedicación, así como por inhibición de la enzima DAO por parte de muchos medicamentos de uso común. 3.- La analítica de la enzima DAO (migratest, daotest&#8230;) no mide ninguna predisposición genética a padecer la enfermedad, sino que lo que mide en suero es el nivel de actividad de la enzima DAO. Cuando una persona presenta déficit de DAO es más sensible a desencadenar migraña, si bien dependerá del nivel de actividad enzimática. El origen del déficit de DAO puede ser genético (en la mayoría de los casos), como consecuencia de otra patología (principalmente gastrointestinal) o como consecuencia de la ingesta de fármacos inhibidores de la DAO, ya mencionado anteriormente. Naturalmente, en los pacientes migrañosos en los que no se diagnostica un déficit de DAO el origen o las causas de la migraña tienen que corresponderse con otros factores. Juanjo Duelo DR HEALTHCARE</p>
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				<content:encoded><![CDATA[<p><strong>Aclaraciones sobre la entrevista publicada ayer, en el ABC salud de 11 de septiembre.-</strong> A veces las palabras pueden malinterpretarse , infundiendo a innecesarios e importantes errores.  Es por este motivo, que nos vemos obligados a aclarar algunos conceptos publicados en esta entrevista que pueden no haberse interpretado bien:</p>
<p><strong>1.-</strong> El desencadenante de la migraña es multifactorial y la alimentación puede ser uno de los factores destacados en muchos pacientes. No decimos por tanto, que la alimentación no sea un factor, sino que hasta ahora la relación entre dieta y migraña se fundamentaba en la creencia de que algunos alimentos podían ser responsables &#8220;per se&#8221; de generar migraña, debido a que contienen histamina y/u otros componentes que la desencadenan. Nuestro estudio aporta una nueva perspectiva sobre esta relación, ya que se evidencia que el origen de la migraña no está en la presencia de histamina en los alimentos, sino que se encuentra en el propio individuo, el cual debido a una carencia enzimática responde de manera adversa a la presencia de sustancias en los alimentos que pasan absolutamente inadvertidas para la mayoría de la población. Y por eso podemos predecir que la migraña no tiene su origen en la alimentación, sino en el ADN.</p>
<p>Hasta ahora se habían confeccionado listados de alimentos “supuestamente culpables” de desencadenar migraña, pero esto es realmente complicado de establecer de forma general para toda la población porque la aparición de la migraña depende más del grado de deficiencia de DAO del individuo que del alimento.</p>
<p><strong>2.-</strong> En ningún momento hemos dicho que el tratamiento farmacológico cronifique la migraña de manera categórica. Lo<a href="http://biofuncionalismo.com/wp-content/uploads/2010/09/ABC-SEP-20101.jpg"><img class="alignright size-medium wp-image-660" src="http://biofuncionalismo.com/wp-content/uploads/2010/09/ABC-SEP-20101-219x300.jpg" alt="ABC SEP 2010" width="219" height="300" /></a> que si puede provocar cronicidad de la enfermedad es la sobredosificación y/o la polimedicación, que en ocasiones viene derivada por la automedicación, así como por inhibición de la enzima DAO por parte de muchos medicamentos de uso común.</p>
<p><strong>3.-</strong> La analítica de la enzima DAO (migratest, daotest&#8230;) no mide ninguna predisposición genética a padecer la enfermedad, sino que lo que mide en suero es el nivel de actividad de la enzima DAO. Cuando una persona presenta déficit de DAO es más sensible a desencadenar migraña, si bien dependerá del nivel de actividad enzimática. El origen del déficit de DAO puede ser genético (en la mayoría de los casos), como consecuencia de otra patología (principalmente gastrointestinal) o como consecuencia de la ingesta de fármacos inhibidores de la DAO, ya mencionado anteriormente. Naturalmente, en los pacientes migrañosos en los que no se diagnostica un déficit de DAO el origen o las causas de la migraña tienen que corresponderse con otros factores.</p>
<p>Juanjo Duelo<br />
DR HEALTHCARE</p>
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